Cancelar una hipoteca cuesta 3 veces más que antes

Para que los notarios y registradores sigan haciendo caja, el Gobierno sube un 175% los aranceles para cancelar, subrogar y cambiar una hipoteca

Para que los notarios y registradores sigan haciendo caja, el Gobierno sube un 175% los aranceles para cancelar, subrogar y cambiar las condiciones de una hipoteca

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denuncia que para cancelar oficialmente una hipoteca vamos a tener que pagar a notarios y registradores el triple que antes.

Y también habrá que pagar más para subrogarla (cambiarla de banco) y para hacer una novación (cambiar algún aspecto del contrato de la hipoteca una vez ya firmada).

Todo esto ocurre por la intervención financiera de Bankia y queda recogido en el BOE del 11 mayo, en el que se publica el decreto que el Gobierno acaba de aprobar de tapadillo. Y mientras nosotros vamos a tener que pagar más, las entidades financieras van a pagar menos porque los aranceles que se les van a cobrar sí bajan.

El arancel a pagar a notarios y registradores va a depender del importe del préstamo hipotecario. La OCU calcula que para cancelar una hipoteca de 150.000 euros habrá que pagar al notario 137 € en vez de los 50 € que se pagaban hasta ahora por una copia simple. En resumen, un 175 % más. Por muy baja que sea la hipoteca, no se pagarán menos de 90 €, que es el mínimo que se establece pagar al notario por cancelarla.

Pasa lo mismo con los registradores, sector que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, conoce bien porque es registrador de la propiedad en excedencia. Si se quiere cancelar oficialmente la misma hipoteca de 150.000 €, habría que pagar al Registro de la Propiedad 84 €, cuando antes esta cifra era de 28,85 €. Por muy bajo que fuera el importe de la hipoteca, aquí también se establece un mínimo que pagar, en este caso de 24 €.

Ya lo dice estupendamente la OCU: esta subida “beneficia única y exclusivamente a los notarios y registradores”. “Se aprueba por la puerta de atrás y sin ningún tipo de audiencia ni consulta”. Para intentar una marcha atrás, esta asociación va a denunciar al Parlamento y al presi del Gobierno este subidón que nos da tanto bajón.

El caso es que notarios y registradores sigan ganando dinero. Como se firman tan poquitas hipotecas, parece que se quiere compensar esta falta de ingresos con nuevas funciones como casar y divorciar en plan exprés o con ésta de ahora.

Ya se vio que muchos notarios y registradores cobraban lo que les daba la gana, abusando tanto de las tarifas que solo en 2010 la OCU calculaba que nos habían estafado 93 millones €. A raíz de esto, el último Gobierno socialista aprobó un decreto-ley para volver a regularizar las tarifas, que ahora está subiendo el Gobierno impopular.

La OCU recomienda que solo canceles la hipoteca dejando constancia en el Registro de la Propiedad si te ves en la obligación de hacerlo y no tienes más remedio porque, por ejemplo, vas a vender el piso. Si no, lo mejor es esperar. Pasados 20 años desde que has terminado de pagar la hipoteca, ésta se cancela automáticamente en el Registro de la Propiedad porque se da por caducado.

Si esperas, te ahorras no solo el impuesto revolucionario que hay que pagar a notarios y registradores por dejar constancia de que cancelas la hipoteca, sino también los 100 o 200 euros que viene a cobrar el banco o la caja por emitirte un certificado de que la hipoteca sobre el piso está cancelada.

2 pensamientos en “Cancelar una hipoteca cuesta 3 veces más que antes

  1. muccius

    Varias aclaraciones;
    1. Las denuncias que la OCU viene haciendo desde un tiempo a esta parte a notarios y registradores son absolutamente tendenciosas e interesadas. Cuidado. La primera denuncia se basó en una interpretación de la ley 41/2007 que no compartían gran parte de los notarios (no todos) y que estaba pendiente de resolución judicial. Antes de resolverse por la vía judicial el gobierno zapatero, ya en funciones, se apresuró a dictar un Real Decreto en el último consejo de ministros “aclaratorio” de esos conceptos arancelarios. Si estaba tan claro por qué un RD aclaratorio, por qué no esperar a la resolución judicial? Por ello, ni la denuncia a la fiscalía de la OCU surtirá ningún efecto y las afirmaciones de apropiación indebida que viene cacareando desde entonces son constitutivas de un delito de calumnias.
    2. Los notarios y registradores se rigen por un arancel de 1989 (con precios de 1989 para que se entienda, pues nunca se ha revalorizado ni con respecto al IPC), que en 23 años ha sufrido 60 reducciones (60!), desde luego sin consulta ni audiencia a los afectados (notarios y registradores) y sin una memoria económica que justifique la medida, incumpliéndose reiteradamente la ley, y obedeciendo tan sólo a una política mediática y “popular” que será bien acogida por el siempre envidioso pueblo español.
    Se podrá estar de acuerdo a no con el sistema de arancel (que por cierto, existe en otros países con notariado latino-germánico como Alemania, Francia, Italia, Austria, Grecia… 80 y tantos países), pero lo cierto es que los notarios y registradores son funcionarios y no es que “deban” ganar dinero, es que el Estado tiene la obligación legal de garantizar su subsistencia y el de las oficinas notariales y registrales. La vía de hacerlo, arancel, cargo a los presupuestos o atribución de nuevas funciones, es competencia del gobierno. Pero a la vista de los 150 años de notariado y registros con el vigente sistema, son claros los beneficios para la sociedad y para el Estado, a los cuales no les cuesta un € su mantenimiento y su eficiencia, rapidez y calidad en el servicio público que prestan demostrados. No extrañará que ningún gobierno de ningún signo, ponderando las consecuencias perjudiciales de falta de seguridad o incremento de costes (aunque se piense lo contrario, hay numerosos estudios) que conllevaría implantar un sistema se seguridad jurídica basado en el sistema anglosajón o funcionarización administrativa (Rusia), no hayan querido modificarlo en lo sustancial. Aunque las sucesivas y continuadas rebajas de arancel acabarán por destruirlo, y perderemos todos.
    3. Los notarios y registradores son funcionarios públicos, y como tales el Estado redistribuye las competencias entre sus funcionarios como estime conveniente. No se entiende eso de “privatización” de la justicia. La posibilidad de autorización de matrimonios o divorcios (no pedidas por los notarios, aunque sí reiteradamente desde la justicia debido al atascamiento y la falta de medios), se enmarcan dentro de una ley de jurisdicción voluntaria junto a otros numerosos expedientes (adopciones, expedientes de dominio, consignaciones, depósitos..) de cuya tramitación se encargarán notarios, registradores y secretarios judiciales manteniéndose la opción para el ciudadano. Al igual que habiendo sanidad pública, no se impide al ciudadano que suscriba un seguro privado si quiere. En cualquier caso, los precios siempre serán inferiores a los de mercado (pues los fija el Estado) y no serán un impedimento, como tampoco las sucesivas y reiteradas rebajas de arancel no suponen un incentivo para que aumente el número de compraventas o constitución de sociedades, y sí en cambio acabarán redundando en un empeoramiento en la calidad de la prestación del servicio público.
    4. Por último, y para acabar con la OCU, más les valdría denunciar a la fiscalía las comisiones ilegales e infladas que cobran las entidades de crédito, sin ir más lejos por la misma certificación de saldo 0 de la hipoteca que puede alcanzar los 300€, o las comisiones de las gestorías (normalmente de los propios bancos) que por llevar los papeles de un lado a otro cobran más que la intervención notarial y registral juntas (!!), que es la que aporta realmente valor jurídico a la transacción, demencial. Ah! Y quizás deba investigarse si la recientemente inquina de la OCU con los susodichos funcionarios puede tener su origen en un acuerdo, luego frustrado, entre la OCU y los Consejos General del Notariado y el Colegio de Registradores de España para que sus revistas figurasen en todas las salas de espera de esas oficinas públicas, repito, frustrado finalmente.
    Saludos!

  2. Paco

    Respecto al punto 4 de muccius, según el Banco de España las entidades financieras no pueden cobrar ni por el certificado de saldo 0 ni por el desplazamiento del apoderado a la notaría para la escritura de cancelación. Lo pone en su memoria anual del servicio de reclamaciones http://www.bde.es/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/10/buenas_practicas.pdf , en el último punto de la pñagina 89 y principio de la 90.

    Yo he reclamado al defensor del cliente de mi entidad y me han devuelto lo que me habían cobrado por estos conceptos.

    Por cierto, ¿Alguien puede poner en claro cómo se calcula ahora el importe del notario y registrador con esta nueva norma del PP?

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