Por fin, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) llega al Tribunal Supremo. Al igual que pasó con la cláusula suelo, los gastos hipotecarios y las hipotecas multidivisa, el índice menos conocido que el Euríbor llega al fin al más Alto Tribunal español.
El IRPH Entidades es el único IRPH que queda en pie tras la desaparición en noviembre de 2013 del IRPH CECA, el IRPH Cajas y el IRPH Bancos, una desaparición forzada por la Unión Europea que España retrasó todo lo que pudo.
Normal si se tiene en cuenta que lo habitual en los gobiernos ha sido favorecer a la banca y que cualquiera de estos índices siempre ha cotizado muy por encima del Euríbor, que lleva año y medio en negativo. Mientras que el IRPH cerró junio en el 1,913%, el Euríbor despidió el mes en el - 0,149 %.
La diferencia es escandalosa, por eso los afectados por este índice abusivo llevan reclamando desde 2014 que, ya que sus otros índices desaparecieron, se les aplique Euríbor + 1% en lugar de este leonino IRPH, que de media les lleva a pagar 2.000 € más al año que con Euríbor + 1%.
El IRPH es -además- manipulable, ya que se trata del tipo de interés al que los bancos prestan dinero a 3 años, con lo que encarecen los préstamos a conveniencia para aumentar el tipo de interés a pagar por estos clientes, que se calcula que llegan a 1,3 millones en toda España.
El caso que ha propiciado que llegue al Tribunal Supremo procede del País Vasco y está llevado contra Kutxabank por los dos primeros abogados que denunciaron este índice. Después de varias sentencias a favor y otras en contra, el IRPH llega por fin al Tribunal Supremo con este caso.
Y llega a toda máquina, ya que el Supremo lo tratará de manera preferente, por delante de otros casos que entraran antes. Quieren agilizar un tema del que no se ha hablado tanto en los medios como la cláusula suelo, pero que se está enquistando en otros tribunales menores.
Unos opinan una cosa, otros opinan la contraria… Así que el Supremo unificará las opiniones de los jueces españoles dictando una sentencia en la que puedan basarse a partir de ahora. Es lo que se llama sentar jurisprudencia y en este caso es necesaria porque según donde te toque el juicio, sabes que la cosa irá en un sentido o en el otro porque de momento los jueces tienen opiniones dispares sobre el mismo tema.
Como en otros abusos bancarios la cosa va para largo, pero por fin se empieza a ver la luz a lo lejos. Si el Tribunal Supremo falla a favor del IRPH, los afectados lo tendrán crudo para reclamar, aunque no del todo imposible ganar. Si falla en contra, lo tendrán más fácil para ganar, recuperar su dinero y cambiar el odioso índice que arrastran durante años por su deseado Euríbor.
Pues a ver si sirve de algo pq siguen robando a espuertas. Y no pasa nada. Que alguien me explique como un IRPH que se calculaba de la media de otros dos tipos que han desaparecido sigue vigente. ¿De donde hacen la media?
mientras tanto en Cuba ni sueñan con la casa propia y el credito….. si se lo dan los gringos y el estado obtine un porcentaje…
Juan Francisco González Asenjo
Carmen Mani
A ver si se les acaba el chollo a los usureros de traje y corbata
No sé por qué hay que sustituirlo por “Euríbor + 1″. Eso se lo han inventado.
Si se anula la claúsula IRPH, y no hay sustituto, simplemente, NO HAY INTERESES QUE PAGAR y se devuelve al banco tan solo el capital prestado.
Suscribo lo dicho por Jairo