En diciembre de 2015 el Tribunal Supremo emitió la sentencia 705/2015 en la que rechaza, por abusivo, que BBVA, cobre al cliente los gastos de formalización de la hipoteca: notaría, gestoría, impuestos, tasación y registro.
Esto ha dado pie a que clientes de otras entidades reclamen que su banco les devuelva el dinero, ya que se trata de una sentencia del Tribunal Supremo, el máximo en España, y a todos (8 millones) se les ha impuesto por contrato el pago de estos servicios.
Aquí te conté lo básico para reclamar a tu banco, las condiciones que hay que cumplir para solicitarlo, las opciones y los pasos iniciales. Hoy te cuento cómo pedirlo apoyándote en la oficina del consumidor de tu localidad o tu provincia, una forma fácil y gratuita de hacerlo.
Primero busca en tu municipio la oficina del consumidor, que puede tener este nombre o uno similar. Si no sabes si existe o dónde está, pregunta al Ayuntamiento de tu localidad. Cuando sepas cuál es, llama y pide cita previa para que te asesoren sobre los gastos de formalización de la hipoteca. A la cita lleva fotocopia de:
- Página del contrato de la hipoteca (es la escritura que te dio el notario) donde pone que el banco te obliga a pagar todos los gastos. La cláusula suele ser la quinta, si bien en algunos préstamos aparece más abajo. Es la última o de las últimas.
- Factura de la notaría
- Factura de la gestoría
- Pago de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
- Pago del Registro de la Propiedad
Todo relativo a la hipoteca, no vale lo que pagaste por la compra de la vivienda, que va aparte. La documentación te la dio o mandó dio el banco o la gestoría una vez que terminó todos los trámites, aproximadamente dos meses después de firmar ante notario. Si no encuentras algún documento, pide copia a tu entidad.
Los servicios de la oficina del consumidor son gratuitos. Te explican y aconsejan según tu situación. Primero comprueban que efectivamente aparece la cláusula en tu hipoteca. Si no te aclaras con la documentación o no tienes tiempo de buscar, llévala toda para que seleccionen qué tienes que fotocopiar.
Otro día llevas las fotocopias junto con un sencillo formulario, que te dan allí, donde sólo tienes que poner tus datos personales. En la oficina del consumidor se encargan de presentar todo al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de tu entidad.
El banco tiene 2 meses para contestar. Si no lo hace o la respuesta es negativa, pon la misma reclamación al Banco de España, que está en Madrid. Puedes entregarlo en persona o por correo certificado. Responderá en máximo 6 meses. Si no lo hace o la contestación es negativa, puedes acudir a un abogado para reclamarlo por vía judicial.
Hay muchos que saben del tema, busca los más experimentados y que tengan casos ganados. Mejor si no te piden provisión de fondos, o sea que les pagues antes de iniciar cualquier acción. Busca el que se lleve menor porcentaje de lo recuperado: unos piden el 6%, otros el 15%, el 20%…
Las opciones de que el banco te devuelva el dinero aumentan si ya tiene sentencias en contra por lo mismo. Busca en Internet para saberlo. Los jueces de audiencias provinciales de muchas partes de España están fallando a favor de los clientes en este tema.
Tan mal saben que lo han hecho y tantas ganas tienen de evitar mala prensa y costas judiciales que algunas entidades ya comparten los gastos en las nuevas hipotecas. No dejes de reclamar, ese dinero (una media de 3.000 €) es tuyo y tienen que devolvértelo. Imagina qué podrías hacer con él… Cuanto más reclamemos mejor, más ruido haremos, más molestaremos al banco y más opciones habrá de que al final nos lo devuelvan a todos.
La oficina del consumidor esta obligada a ayudarnos o es opcional?
Supongo que es opcional, pero se les puede pedir que pongan en marcha una ayuda de este tipo, si es que no lo han hecho ya. Hay muchísimas oficinas del consumidor en municipios de toda España que ya están haciéndolo.
Yo fui el lunes a mi banco y me dijeron q de eso no saben nada y que no devuelven nada
No quieren devolver el dinero. Reclámaselo, es la única vía para conseguir algo. Si no no van a devolver nada voluntariamente, ni tampoco por preguntar en la oficina. Escribe al Servicio de Atención al Cliente o reclama con la oficina del consumidor de tu localidad o provincia.
Ninguno sabe !… nada pero cobrar sí !…. son unos sinvergüenzas .
Claro q de eso no saben, bobos q son, pero tarde o temprano lo van a tener q devolver
Sólo un apunte en relación con las Oficinas de Atención al Consumidor (MADRID)
La oficina del consumidor, por lo menos en el Ayuntamiento de Madrid, INFORMA únicamente de los diferentes pasos a seguir… lo de que es facilitarte un formulario, pues, en mi caso, ha sido que no… en fin.. te dicen que lo puedes hacer en un folio, y los datos a rellenar.
Y sobre la documentación, sabía más yo que la persona que me estaba atendiendo… eso sí, con toda su buena voluntad.
En fin, la experiencia ha sido penosa… pero animo a todos aquellos a que lo intenten, y busquen a personal con experiencia en el asunto, recomendable, desde luego, las organizaciones de consumidores que, por dar la información, no te cobran nada, y te dan los modelos únicamente pendientes de poner tus datos.
En otras Oficinas de Consumidores no sé cómo te atenderán, pero hay que ser persistentes.
Yo conozco alguna con personal informado, que te asesora y presenta por ti la reclamación. Imagino que depende del lugar y de con quién te toque, como en todo… Pero creo que todas tienen en común que son gratuitas y te ayudan. Gracias por la información que nos cuentas!
Una pregunta: los gastos hipotecarios, de notario,;tasaciones y jurídicos k lo devuelven solo a las hipotecas k tengan cláusula suelo o a todas? A ver si alguien me puede informar gracias
A todas, no tiene nada que ver que tengas cláusula suelo o no, esto es independiente. Es una cláusula que va al final del contrato hipotecario donde se te impone el pago de todos estos conceptos. Pueden reclamarlo todas las hipotecas.
Yo ya lo he solicitado a Cajamar que adquirió Ruralcaixa…y me han dicho que la solicitud tiene que ir con firma digital. Ya he tramitado la solicitud con firma digital…ahora a esperar.
A ver, MARIO
No pueden OBLIGARTE a tramitar la solcitud con firma digital, sino que deben habilitar un lugar físico donde puedas dirigirte.
Te dejo la copia de lo que viene en su página web:
El Grupo Cooperativo Cajamar cuenta, conforme a lo previsto en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, con un Servicio de Atención al Cliente interno e independiente para atender y resolver las quejas y reclamaciones que pueda presentar relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros.
Puede dirigirse a dicho Servicio empleando alguna de las siguientes vías:
Mediante correo postal dirigido a:
Grupo Cooperativo Cajamar
Servicio de Atención al Cliente
Plaza Barcelona, nº 5
04006 – Almería
Mediante correo electrónico a servicioatencioncliente@grupocooperativocajamar.es. En este caso la queja o reclamación planteada deberá contar con firma electrónica (Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica).
Mediante su presentación en papel en la oficina, bien sea empleando el formato del Formulario de inicio de queja o reclamación (PDF 101 KB.) que tiene disponible o que le pueden entregar en su oficina, bien en cualquier otro formato que quiera utilizar, bien mediante hoja oficial de reclamación (en aquellas comunidades en que estamos obligados a disponer de ellas).
Las competencias de este Servicio vienen debidamente definidas en el Reglamento para la Defensa del Cliente (PDF 140 KB.) que tiene disponible. Las quejas o reclamaciones presentadas habrán de resolverse en el plazo de dos meses desde su presentación.
En caso de disconformidad con el pronunciamiento del Servicio de Atención al Cliente, puede acudir a los Departamentos de Reclamaciones de los organismos supervisores del sistema financiero español.
Para formular quejas o reclamaciones ante los citados Departamentos, con carácter previo y obligatorio, es necesario haberlas presentado ante el Servicio de Atención al Cliente. Sobre estos órganos de defensa se dispone de información complementaria en la sección denominada “El portal del cliente bancario” del sitio web del Banco de España.
La tramitación de quejas o reclamaciones ante cualquiera de los órganos indicados, es incompatible con cualquier otra vía que implique un procedimiento administrativo, arbitral o judicial.
La operativa de Cajamar Caja Rural se ajusta a las normas sobre transparencia de las operaciones bancarias y protección de la clientela, recogidas en la normativa legal vigente.
Finalmente, y de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) nº 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo, le informamos de la existencia de una plataforma europea de resolución de litigios en línea que facilita la resolución extrajudicial de dichos litigios.
La plataforma es un sitio web interactivo y multilingüe http://ec.europa.eu/odr, que proporciona de manera gratuita un punto de acceso a consumidores y empresas para la resolución extrajudicial de litigios contractuales derivados de contratos de compraventa o prestación de servicios celebrados en línea.
Cajamar Caja Rural no está suscrita en la actualidad a una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
Es obligatoria la presentación de la reclamación al banco de España?,eso va a demorar mucho el proceso,no?.
Obligatoria no es pero sí recomendable. Si luego decides ir a juicio puedes demostrar que has agotado la vía administrativa antes de pelear en los tribunales. También dejas constancia de que reclamas los gastos de formalización de la hipoteca y en sus estadísticas saldrá éste como un problema más a resolver por la banca. Todo sirve para algo.
Sólo una aclaración.
Ante todo, SIEMPRE hay que poner una reclamación ANTE EL BANCO. y entonces, puede que ocurra una de estás dos cosas:
1.- RESPUESTA.- Si te notifican y te dan la razón, aquí se termina todo.
Si NO TE DAN LA RAZÓN, entonces pueden ir a presentar reclamación ante el Banco de España
2.- SIN RESPUESTA.- Deben transcurrir 2 MESES desde la fecha que se puso la reclamación. Si no hay ningun notificación, podrás ir al Bando de España
Acabo de presentar 14 reclamaciones de diversas personas, y de ellas, 10 reclamaciones han sido FAVORABLES, y no ha habido que llegar al Banco de España.
Las otras 4 están en el Banco de España.
OJO, el hecho de que le Banco de España te dé la razón, no significa que la entidad financiera haga caso. NO ES VINCULANTE.
Si no te hicieran caso, habría que ir a los Tribunales.
Buenas tardes, serías tan amable de indicar qué entidades han aceptado la reclamación y cuáles no. Gracias
Pues Javier… las reclamaciones ha sido diversas:
7 reclamaciones por cláusulas suelo: BANKIA
2 reclamaciones por cobro de comisión por descubierto: BANKIA y SANTANDER
1 reclamación por cobro de comisión por anulación transferencia: SABADELL
Ahora, también le comento que las reclamaciones NO ADMITIDAS por las entidades se han referido:
2 reclamaciones por formalización hipoteca: BBVA
1 reclamación por cobro mantenimiento cuenta hipoteca: IBERCAJA
1 reclamación por comisión de descubierto: SANTANDER
Muchas gracias, es información muy útil!! Por favor, ve contándonos cómo van las próximas reclamaciones, será de mucha ayuda
Muchas gracias por la información
Me gustaría saber cuanto tiempo atrás se puede reclamar gastos de notaría ya que cuando se debe al banco no prescribe gracias
Si aún estás pagando hipoteca, puedes reclamar hasta diciembre de 2019, que es cuando se cumplirán 4 años de la sentencia que da pie a la reclamación.
Si ya terminaste de pagar la hipoteca, puedes reclamar hasta que se cumplan 4 años desde que terminaste de pagar, máximo diciembre de 2019.
Buenos días, yo le reclamé a BancSabadell por correo electrónico con firma digital los gastos de la hipoteca. Ayer me contestan con una carta (no certificada) y me dicen que se me informó de todo en su día (mentira) y que no procede la reclamación. Voy a buscarme un abogado.
Reclama, porque una cosa es que se te informara y otra que se te impusiera. Es reclamable porque estos gastos se han impuesto al cliente por contrato sin posibilidad de negociar nada. De todas formas es que Sabadell es de los más puñeteros… ni siquiera reconoce que incluyera de forma opaca el suelo y está orgulloso de usarlo, así que imagínate.
Hola buenas, le expongo mi caso.
Compré una licencia de taxi y puse como aval el piso de mis padres. El préstamo está a nombre de los tres.
Tengo derecho a reclamar los gastos de apertura?
Gracias.
Tiene pinta de que es un préstamo personal. Solamente se pueden reclamar los gastos de formalización de las hipotecas.
Hola,, desde cuanto tiempo atras se pueden reclamar los gastos de hipoteca, yo tuve dos, una en el 1990 y otra en el 1996, puedo reclamar algo??
Desde que se cumplan 4 años desde que cancelaste el préstamo, o hasta diciembre de 2019 si todavía tienes la hipoteca.
Buenos días,
estoy pagando hipoteca y quisiera cambiar de entidad bancaria, puedo dejar en la antigua cuenta solo y exclusivamente destinada al pago de la hipoteca?
¿si en esa cuenta no dejo ningún recibo para domiciliar el pago, pueden cobrarme comisión de mantenimiento?
Gracias y un saludo.
La teoría dice que si tienes una cuenta bancaria para únicamente pagar la hipoteca no te pueden cobrar comisiones de mantenimiento.
Esto es: esa cuenta no tiene asociadas tarjetas, domiciliados recibos… sólo la usas para ingresar el dinero de la hipoteca e ir pagando las cuotas.
http://www.elconfidencial.com/vivienda/2013-06-23/que-no-te-enganen-la-cuenta-destinada-al-pago-en-exclusiva-de-la-hipoteca-no-tiene-comisiones_194124/
Saludos!
Buenas tardes….me surge una pregunta que no se si parecerá ilógica sobre los gastos de gestión, si bien todos los gastos a los que se hace referencia son los relacionados con laESCRITURA DE PRESTAMO HIPOTECARIO hay que entender que la Gestora es un input que obliga la entidad bancaria en cuestión para toda la operación, inclusive la de COMPRAVENTA es por ello por lo que planteo si es lógico (si esta así recogido) que los gastos de gestión de la COMPRAVENTA son también objeto de reclamación.
Gracias de antemano
Buenos días,
A mi me gustaría saber si esos gastos han desgravado en hacienda cómo afecta la devolución de dichos gastos?