El Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia sobre los gastos de la hipoteca y la comisión de apertura, intentando poner fin a lo que empezó en diciembre de 2015, cuando libró a un cliente de BBVA a pagar todos los gastos.
Pero ahora, lejos de hacer justicia, se ha quedado otra vez a medio camino, otra vez favoreciendo a la banca y con mucho miedo a perjudicarla. Avanzando a pasitos leeeentos y demasiado cobardes. Lo de siempre: lo que ya hemos visto en la cláusula suelo y otros temas.
Defiende la comisión de apertura diciendo que es legal porque forma parte del precio de la hipoteca y que, para cobrarla, basta con que el banco nos avise de que está. Cobrar por la apertura es algo que sólo hacen algunas entidades y oscila entre el 0,5% y el 2%, nunca ha sido parte del precio, es una comisión y por tanto debe justificarse como prestación de un servicio; la decisión del Tribunal Supremo no hay por dónde cogerla, de lo parcial y cutre que es.
Y por si esto fuera poco… Tras el lamentable espectáculo que el Tribunal Supremo dio entre octubre y noviembre con la sentencia del impuesto sobre las hipotecas, diciendo primero que lo pagaba íntegro la banca y cargándolo a los clientes 3 semanas después, ahora viene con que los gastos de las hipotecas hay que compartirlos con la banca, pero tampoco al 50%.
Lo nuevo es que tenemos que pagar la tasación y el 100% del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), lo más caro de todos los gastos. Y también la mitad de lo que cobren la gestoría y la notaría. El registro de la propiedad recaerá sobre el banco, aunque la cancelación de la hipoteca en el registro -si la quieres hacer-, te tocará pagarla enterita.
El Tribunal argumenta que lo decide de forma más o menos salomónica para que los gastos los pague quien realmente tiene interés en que el servicio se realice. Todo esto es válido para hipotecas ya firmadas y para las que se firmen hasta que entre en vigor la nueva ley hipotecaria, que se espera que empiece a funcionar en marzo con otra premisa: que sea el banco quien pague todos los gastos de la hipoteca sin compartir nada.
Y es válido para todos los gastos de la hipoteca excepto para el impuesto (IAJD) porque en las hipotecas que se firmen desde el 10 de noviembre de 2018 debe pagarlo íntegramente el banco, por un Real Decreto que el Gobierno firmó nada más enterarse de que el Supremo se había desdicho sobre que la banca pagara el impuesto.
Con el Tribunal Supremo, sólo damos pasos hacia atrás. Primero parecía que teníamos derecho a que nos devolvieran todo el dinero de los gastos de la hipoteca, según la sentencia de finales de 2015; después se dijo que sólo pagaríamos el impuesto, luego que no, luego otra vez que sí, luego el Gobierno lo anuló sólo para las nuevas, y ahora resulta que hay que compartir los gastos, tal cual lo llevan ofreciendo un par de años algunas entidades.
En cualquier caso, al menos se nos reconoce que hemos pagado algo que no teníamos que haber pagado, de lo que se deduce que tenemos derecho a que nos lo devuelvan. Cómo y cuándo está por ver, ya que el asunto terminará en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el único que acaba poniendo cordura en la locura y el cachondeo que se trae con nosotros el Tribunal Supremo.
¿Cuándo lo dirá? A saber… Puede tardar un par de años, pero ya verás cómo al final dice que nos tienen que devolver todo como pasó con la cláusula suelo. Eso sí… Que se prepare bien la banca porque estamos hablando de más de 7 millones de hipotecas.
Mientras tanto, puedes ir reclamando lo que ya es seguro que te pueden devolver, el caso es no perdonarle ni un duro al banco. Y si tienes que firmar una hipoteca en breve, si puedes espérate a que entre en vigor la nueva ley, para no tener que pagar ningún gasto, que si no te tocará el rollo éste de pagar a medias…