El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la Renta 2015, que se extenderá hasta el próximo 30 de junio. Como siempre, los que tienen hipoteca, están de alquiler, alquilan casa o venden la suya tienen que ajustar cuentas con el Fisco, para bien o para pagar, según el caso.
La deducción por vivienda habitual (no por segundas o terceras residencias) se mantiene para quienes compraron casa con hipoteca antes del 1 de enero de 2013 o para quienes hayan dado alguna cantidad de dinero para compra sobre plano o reformas antes de esa fecha, siempre que lo que sea (obra o vivienda nueva) esté terminado antes de 2017. Esto es válido también siempre que se hayan desgravado algún importe en 2012 o años anteriores.
En caso de que te puedas desgravar, la cantidad máxima es el 15% de 9.040 euros, o sea que puedes cobrar hasta 1.356 €. Para llegar al máximo hay que haber pagado al menos 1.356 € en IRPF a lo largo de 2015. Si has pagado menos IRPF o amortizado hipoteca por debajo de 9.040 €, Hacienda te desgrava la parte que te corresponda. En caso de varios titulares son 9.040 € por cada uno.
Otro de los supuestos que ya existían y se mantiene es el de la venta de la vivienda habitual. Si fue tu caso en 2015, debes declarar una ganancia patrimonial, por la que no tienes que tributar siempre y cuando reinviertas ese dinero en comprar una nueva casa -que también uses como vivienda habitual- durante los dos años siguientes.
En caso contrario, sí pagas a Hacienda, excepto que tengas más de 65 años, en cuyo caso no tienes que abonar nada, siempre que destines el dinero para crear un fondo de renta vitalicia durante los 6 meses siguientes y con un límite de 240.000 €.
Estaría fenomenal que la deducción por vivienda habitual volviera a ser universal, o sea que cualquiera pudiera desgravarse la hipoteca. Pero no creo que vuelva a ser así al menos dentro de un plazo largo. Después de que Zapatero la quitó y Rajoy la recuperó en 2011, el mismo Rajoy la volvió a quitar -presionado por la Unión Europea como parte de las reformas de la crisis-.
Se piensa que esto fomenta la compra y no el alquiler, mercados muy descompensados en España, ya se sabe que a favor de la compra. Según el momento que atraviesa la economía, entre uno y dos tercios de las casas se compran con hipoteca. Además supone un dineralazo para Hacienda, que ahorra millones de euros con las familias que ya no pueden desgravarse y casa vez irán siendo menos según se vayan cancelando las antiguas hipotecas.
El dinero devuelto por los bancos por la clausula suelo, está desgravado en las declaraciones de renta como pagado por el hipotecado, desconozco si han habilitado alguna casilla para devolver el 15% de estos importes a Hacienda. Tampoco sé si están obligados a devolverlo pero deberían averiguarlo por si luego Hacienda reclama estas cantidades.
RICITOS, en el caso de haberte desgravado las cantidades que ahora te devuelven, deberás realizar una complementaria.
Además, dichos ingresos “extras” tienen la vertiente que te desgravaste por las mismas, y ahora se plantea la cuestión de qué obtuviste una deducción, tendrás también que “devolverla”, como ocurría cuando te deducías por cuenta vivienda y al final no te comprabas la vivienda.
Al leer el artículo de la sentencia que declara nula la cláusula suelo, se me encendió la bombilla, que encima que les ha costado que les devuelvan las cantidades, tengan que hacer complementarias de todos los años que les devuelvan la diferencia el banco. No es mi caso, porque no tengo cláusula suelo, pero la gente seguro que luego dice que no lo sabían, y vendrán las multas y los intereses de demora que te hace pagar Hacienda.
Si el Banco devuelve desde mayo del 2013, hay que hacer complementaria del 2013, 2014 y la del 2015 hacerla bien = cuotas pagadas de hipoteca – (menos) el importe devuelto correspondiente al 2015.
Pues según esta web http://www.euribordiario.com.es dijo que hoy el Euribor marco en el valor de -0.11% y que si sigue así a los que toque revisión de su hipoteca bajara. Eso es cierto?