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Varios jueces paran sentencias del IRPH esperando la opinión europea

Es cuestión de tiempo…

¿Has demandado al banco por el IRPH? ¿O planeas hacerlo pero no te atreves por la sentencia que emitió el Tribunal Supremo? A pesar de todo, no lo tienes todo perdido.

Ya vimos hace dos meses que algunos jueces estaban fallando a favor de los clientes, pese a que el Tribunal Supremo dijera en diciembre que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no es nulo ni abusivo porque no veía falta de transparencia.

Es así como lo miden todo: si el banco lo incluyó de forma transparente o no es la clave, igual que si hubo o no desventaja clara para el cliente, como en este caso la hay porque los 1,3 millones de afectados que hay se calcula que hay estáis pagando una media de 1.200 euros más al año que si tuviérais el Euríbor, en negativo desde febrero de 2016 y con progresión baja al menos un año y medio más.

No hay que perder la esperanza. Como ya dije a principios de año, no estaba todo perdido, siempre queda el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que es quien al final está poniendo las cosas en su sitio en España en torno a los abusos bancarios, como ya ha pasado con la cláusula suelo, la de vencimiento anticipado y los desahucios, entre otros.

Para que obre el milagro hay que elevar una cuestión prejudicial, que es preguntarle qué opina sobre el tema, algo que ya hizo un juez de Barcelona el pasado mes de febrero. La respuesta es vinculante para España, o sea que los jueces españoles deben hacer lo que diga este tribunal, que está por encima del Tribunal Supremo, mucho más conservador y tacaño al reconocer y castigar las tropelías de la banca.

Aunque la opinión del tribunal europeo se puede demorar hasta año y medio, para finales del año que viene, no pierdas la esperanza de ganar el caso y que te quiten ese lastre que te está haciendo pagar dinero de más.

Se puede demostrar que las cajas y bancos podían manipularlo a su antojo porque se calcula con los datos que dan ellos mismos sobre los intereses a los que conceden las hipotecas, intereses que pueden subir o bajar para modificar el IRPH según les convenga.

Da igual lo que haya dicho el Supremo el año pasado. Ahora la pelota está en el tejado del tribunal europeo y, por eso, algunos jueces de Madrid y Barcelona han paralizado sentencias. No quieren emitirlas para no entrar en conflicto con lo que se diga después en Europea y no perjudicar a los clientes.

Esto quiere decir que ven posibilidades de que este organismo opine contra el IRPH y, por qué no, fomente la devolución del dinero. Paran los casos y no emiten sentencias porque si un juez español emite un fallo negativo y luego en Europa la opinión es positiva el cliente podría verse perjudicado al estar ante situaciones contradictorias.

Me alegro de que estos jueces españoles sean tan conservadores y sensatos y, al igual que la asociación de consumidores Asufin, espero que más jueces (¡¡todos!!), dejen las sentencias y los casos en stand by, a la espera de ver qué opina el Tribunal Europeo, que ojalá sea favorable a los clientes.

Cómo reclamar los otros gastos de la hipoteca

Saca la calculadora y a calculaaaaaarrr

Como os dije en el último post, excepto los impuestos -de momento- los gastos de la hipoteca siguen pudiendo reclamarse. En diciembre de 2015 el Tribunal Supremo dijo que imponer al cliente el pago de todo es un abuso y, por tanto, esa cláusula cuarta del contrato de la hipoteca en la que suele aparecer escrito es anulable.

Esto nos da opción a reclamar el pago que hemos hecho por la tasación, la gestoría, el registro de la propiedad y la notaría. La cantidad que cada cliente puede reclamar es una media de 1.500 €, pero no tiene por qué ser tu caso: la cantidad final y definitiva que puedes reclamar la encontrarás en las facturas que te dieron cuando te mandaron a casa el contrato de la hipoteca.

Ahí tienen que venir los honorarios de la gestoría, lo que pagaste a la notaría y al registro de la propiedad. Para cada cliente es una cantidad porque suele depender del dinero que te prestaron. Los gastos de la hipoteca son mucho más caros si pediste 200.000 euros que si te dejaron 50.000.

La factura de la tasación te la dio el banco cuando la recibió de la tasadora y te dio el informe. Si no te la dio o no la encuentras, pídele al banco la factura. Si no la tiene, contacta con la empresa tasadora y pídele una copia. Mención especial debo hacer a Tinsa, que está cobrando 20 euros por dar una copia de su factura. Una vergüenza su negocio indecente y abusivo por buscar un documento y enviarlo en pdf por correo electrónico al día siguiente.

Para reclamar, suma todas las cantidades que pagaste para saber cuánto debes pedir al banco. Lo primero que debes hacer es enviar un escrito al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de tu entidad bancaria.

Si no sabes cómo redactarlo puedes buscar modelos en Internet o acudir a la OMIC, oficina municipal de información al consumidor de tu localidad para que te asesoren, lo redacten e incluso presenten por ti gratuitamente. Tanto si lo presentas tú como si lo tramitan ellos necesitas fotocopia del contrato de la hipoteca y de todas las facturas.

Si en dos meses el banco no responde o te dice que no, cosa que viene sucediendo en todos los casos porque la banca se niega a pagar excepto que alguna vez le condene el Tribunal Supremo directamente, sólo te queda la vía judicial.

En este caso, hay abogados que sólo recomiendan que denuncies si te deben de 2.000 euros en adelante. Esta cifra incluye el total que sumen las facturas más los intereses legales que haya generado ese dinero en los años que ha pasado desde que lo pagaste, o sea que puedes sumar un 12% al total de las facturas y así sabes la cifra total que podrías recuperar.

En cualquier caso, aunque el abogado se lleve una comisión, el dinero es tuyo y si puedes obtenerlo, puedes intentarlo. Consulta con abogados expertos en Derecho financiero y que hayan ganado casos de este tipo. Aunque la cosa puede ir lenta, al menos ahora hay juzgados especializados en abusos hipotecarios en cada provincia. Si no te puedes permitir un abogado, habla con el Colegio de Abogados de tu región para ver si tienes derecho a reclamar con Justicia gratuita.

¿Y hay plazo para hacerlo? Aunque cuando salió la primera sentencia del Supremo en 2015 se dijo que había 4 años desde que se terminó de pagar la hipoteca o salió la sentencia, lo cierto es que los abogados opinan que no hay plazo, que puedes hacer cuando quieras porque no prescribe al tratarse de una cláusula declarada nula por abusiva.

Qué otros gastos de la hipoteca sí puedes reclamar al banco

 

La lucha continúa…

El Tribunal Supremo ha echado un capotazo a la banca decidiendo, en su última sentencia aún pendiente de publicarse, que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) debemos pagarlo los hipotecados como clientes y, por tanto, se entiende que si lo reclamamos el banco se agarrará a esta sentencia y no nos devolverá el dinero.

Es la mayor cantidad de todas las que pagamos dentro de los llamados gastos de la hipoteca, ya que supone alrededor del 80%.

Moody’s, agencia especializada en calcular el riesgo de operaciones financieras, ha dicho que esta sentencia del Supremo ha ahorrado a la banca 4.000 millones, que por el momento es más de lo que lleva pagado por la cláusula suelo, que según también Moody’s por ahora han sido entre 3.500 y 4.000 millones. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), cada cliente pierde una media de 2.500 euros si no recupera lo pagado en impuestos.

Esta sentencia ha sido un jarro de agua fría que, sin embargo, no nos cierra la puerta a reclamar el resto de gastos hipotecarios: tasación, gestoría, notaría y registro de la propiedad. Aún sigue vigente la sentencia que el mismo Tribunal Supremo emitió en diciembre de 2015 opinando que imponer al cliente el pago de todos los gastos de la hipoteca es nulo por abusivo.

Además, en la sentencia actual sobre los impuestos, el Supremo reconoce que el papel oficial (llamado timbre) que usan en la notaría debe pagarse a medias entre banco y cliente, y que las copias del contrato de compraventa las pague quien las solicita, por lo que de momento podemos reclamar al banco que pague la mitad del contrato original y su copia.

Pero, además, se le puede pedir que nos dé el dinero que pagamos por la gestoría, siempre que fuera el banco quien la impusiera y decidiera cuál, como suele ocurrir. Y también que nos pague el importe íntegro que pagamos al registro de la propiedad, ya que la hipoteca se inscribe en el registro para que sea pública, ya que esto sólo interesa al banco porque así tiene efectos jurídicos y, en caso de que no le paguemos, puede ejecutarla y embargar la vivienda de forma fácil, legal y rápida.

La tasación, que exige la entidad y nosotros como clientes no la querríamos ni necesitaríamos en muchos casos, también debe pagarla el banco, si bien es un punto que genera bastante controversia porque sólo algunos jueces se ponen de lado de los clientes, mientras que otros optan por dar la razón a la banca.

Las asociaciones de consumidores están que trinan con esta última sentencia del Tribunal Supremo, aunque todas harán valoración final cuando se publique entera. Adicae cree que el Supremo está reculando sobre la que emitió en diciembre de 2015 donde reconocía que la cláusula, normalmente la cuarta, que obliga al cliente al pago de todos los gastos de la hipoteca, es nula por abusiva. Al igual que Facua, espera que el asunto llegue a Europa.

Por eso, no hay que dar aún los impuestos totalmente por perdidos. Aunque supondrían una sangría a la banca, si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) opinara que las entidades deben ser quienes corran con el gasto, tendríamos opción de reclamar y posibilidad de éxito. Hasta ahora, este tribunal ha sido el único que ha decidido a favor de los clientes españoles en todas las causas que se le han presentado. Todo es cuestión de tiempo, esperemos a ver qué dice ahora.

Por qué no deberíamos pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

 

Cuando se me rompa el látigo… ¡También me lo pagas!

El Tribunal Supremo dijo el pasado 28 de febrero en un comunicado que los clientes hipotecarios debemos pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), el mayor de todos los gastos asociados a la constitución de una hipoteca, en la que también el banco nos suele imponer el pago de la tasación, la gestoría, la notaría y el registro de la propiedad.

¿Pero por qué no deberíamos pagar estos impuestos? Aunque en artículo 8 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se dice que el prestatario (quien recibe el préstamo) debe pagarlo (o sea se entendería que nosotros como clientes), más abajo, en el artículo 28 se dice que debe hacerse cargo “el adquiriente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos a cuyo interés se expidan”.

¿Y quién quiere que la hipoteca se firme ante notario? El banco. Está bien que una persona neutral dé fe de que compramos con hipoteca, pero también es algo que podría resolverse a nivel privado con un documento entre el banco y el cliente, como ocurre con los préstamos personales o la contratación de un depósito o un plan de pensiones.

Que la casa se firme ante notario y luego se inscriba en el registro de la propiedad a nombre del nuevo dueño tiene todo el sentido. ¿Pero por qué debemos hacer lo mismo con la hipoteca? ¿Quién se beneficia realmente de que se inscriba la hipoteca en el registro y de que se firme ante notario? El banco, porque así lo convierte en un asunto público y puede ejercer más fuerza y presión si dejas de pagar y ejecuta la hipoteca. Ni más, ni menos.

En este caso y, dada la ambigüedad de la Ley que lo regula, podría entenderse que, como el banco es el interesado en notaría y registro, también debería hacerse cargo de los impuestos que esto conlleva. Igual que debería ocuparse de pagar a la gestoría que te impone para que resuelva todo el papeleo y que debería correr con el gasto de la tasación.

¿Para qué es la tasación? Para que el banco se haga una idea del valor de mercado real de la vivienda, recurriendo a una tercera persona, en este caso a una tasadora homologada, que no deberían pero también suelen imponer sin dejarte elegir, y no veas cómo infla eso la factura.

Tasación en mano, además de evitar fraudes y picaresca de gente que pida por ejemplo 150.000 euros para una casa que vale 120.000, el banco quiere el informe para saber cuánto podría pedir por la vivienda si dejas de pagar, la embarga y saca a subasta.

Los clientes no necesitamos realmente todos estos trámites, con un contrato privado como el de un préstamo personal nos sería suficiente; es el banco el mayor interesado en que se haga público y todo lo que conlleva. Eso sí, algunas entidades son listas y desde hace un par de años, justo cuando estalló la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre el tema, empezó a compartir el pago de algunos gastos de la hipoteca, pero nunca los impuestos (IAJD).

Nosotros, borregos y desinformados, solíamos tomárnoslo como un peaje necesario para acceder a la hipoteca, sin plantearnos realmente que no tendríamos por qué comulgar con ruedas de molino y además costearlas.

Por qué el Tribunal Supremo quiere que paguemos el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

 

El Supremo intenta proteger de nuevo a la banca para que no suelte dinero a los clientes estafados

El Tribunal Supremo acaba de decir que quienes tengan hipoteca deben pagar todo-todito el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y sólo compartir el gasto en notaría. De los demás gastos en esta ocasión no ha dicho nada, así que sigue vigente la sentencia de diciembre de 2015 en la que se anulaba, por abusiva, la cláusula en la que se obliga al cliente a hacerse cargo de los gastos de la hipoteca.

¿Pero por qué no reconoce que es abusivo que paguemos el IAJD? Se ampara en lo que ya opinó su Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo anteriormente, o sea por una pura cuestión de coherencia. ¿Nada más? Viendo sus antiguas sentencias de abusos hipotecarios, vemos que no es un tribunal de mojarse mucho…

De momento no explica nada más, quizá en la sentencia entera que se emita próximamente sí, pero lo más probable es que, cuando eso ocurra, aluda a que hay una norma en la que se especifica que este tipo de impuestos debe pagarlos quien tiene interés en que la operación se haga. En este caso parece claro que, como quien tiene interés en que se firme la hipoteca somos los clientes, deberíamos pagarlo nosotros. Peeeeero, hay bastante ambigüedad al respecto, así que el próximo día veremos por qué los clientes no tendríamos que pagar el IAJD.

Mientras tanto, hoy analizamos por qué el Tribunal Supremo tapa a la banca. Ya no estamos en crisis, no es como cuando había muchos desahucios, la gente lo pasaba peor, España no crecía y se destaparon abusos hipotecarios como el suelo, que hizo que mucha gente dejara de pagar la hipoteca. A la economía le va mejor, en general.

El Supremo tampoco quiere dar otro varapalo más a la banca. Ya les dio la de cal condenándoles en el suelo y las multidivisa, y ahora les da la de arena con los gastos y con el IRPH, del que habló hace un par de meses, también a favor del sector bancario.

No quiere perjudicar la reputación de la banca, ya muy dañada con una ristra de abusos que han saltado a los medios de comunicación y a los juzgados (suelo, multidivisa, swaps, preferentes, redondeo, multidivisa, IRPH, gastos…). Precisamente se han creado juzgados específicos para abordar estos casos porque colapsaban los juzgados tradicionales.

Tampoco quiere mermar sus cuentas. Si todos los hipotecados reclaman los gastos de la hipoteca podemos juntarnos más de 8 millones de personas pidiéndoles entre 10.000 y 18.000 millones de euros, los cálculos no se ponen de acuerdo. Mucha pasta ahora que empiezan a remontar gracias a las hipotecas a tipo fijo, que han decidido potenciar porque el Euríbor sigue en negativo y la última previsión es que no empezaría a subir de forma signifitiva hasta mediados de 2019.

Un dineral que debe sumarse también a lo que ya han pagado por el suelo, que se calcula entre 3.500 y 4.000 millones de euros, y lo que pagarán por la multidivisa y algunos casos más. Además, el IAJD es lo más caro de todos los gastos de la hipoteca, donde también se incluyen el de tasación, gestoría, notaría y registro. Supone alrededor del 80% de lo que pagamos por los gastos de la hipoteca. Por eso la banca cree que la factura máxima que podría pagar por la devolución de los gastos es de 3.000 millones y no de los 10.000-18.000 millones que comentaba antes.

Todo esto es una prueba más de hasta dónde llega la presión del sector bancario para que se le siga protegiendo a pesar de que debería asumir las consecuencias de lo que ha hecho y sigue haciendo mal, y aunque así se perjudiquen los intereses de millones de personas. Prueba de que se parte de la banca siente culpable y no quiere más jaleos es que desde hace un par de años hay bancos como Santander, BBVA, Sabadell, Bankinter, Abanca y La Caixa, entre otros, asumen una pequeña parte de los gastos.

Comisión de apertura: nuevo abuso que reclamar al banco

Otro palazo a evitar que te den con la hipoteca

¿Tienes comisión de apertura? ¿Sabías que puede ser abusiva y no tendrías por qué haberla pagado? Todo dependerá del juez con el que des porque esto se gana, de momento, por vía judicial, ya que aunque lo primero es reclamar a la entidad, es poco probable que el banco te devuelva el dinero sin sentencia que le obligue.

La semana pasada un juez de León dijo que no era abusiva, pero uno de Málaga, al igual que ya hicieran los de otras provincias, reconoció por primera vez en esa provincia que el cliente debe recuperar el dinero que pagó por la apertura del préstamo.

Ha sido una sorpresa para el propio abogado, que al principio no sabía si incluirla en una reclamación conjunta por más abusos (suelo, gastos de hipoteca, interés de demora…) y que al final ha sido un acierto porque el juez ha declarado que, aunque sí fue transparente, es nula porque es abusiva, ya que el cliente pagó más de 2.000 euros por ella.

Aunque el banco todavía puede recurrir esta sentencia porque no es firme, da pie a que se vuelva a sentenciar lo mismo en ese o en otro juzgado español: que la comisión de apertura es nula por abusiva.

De siempre he pensado que la comisión de apertura es un abuso del banco hacia el cliente, que la entidad justifica diciendo que es para cubrir los gastos administrativos y de gestión del principio del préstamo. Es cierto que formalizar un préstamo le da trabajo al banco, pero te obliga a pagar una gestoría y el resto se lo cobra con creces.

Dado que durante las décadas que dura una hipoteca se pagan miles de euros en intereses, ese servicio de abrir el préstamo debe considerarse más que cobrado. Igual que ya ninguna entidad cobra comisión de estudio, tampoco debería cobrarse apertura. Es pura avaricia y mucho morro.

La comisión de apertura no está presente en todos los préstamos, depende del banco y del momento. Los hay que nunca la han cobrado y están los que lo hacen según el momento. Durante los años duros de la crisis, cuando las hipotecas estuvieron también duras, se usó más.

Cuando se abrió el grifo del crédito a finales de 2013, dejó de utilizarse tanto. Había que atraer clientes y una buena hipoteca no cuenta con semejante puñalada nada más empezar. Al hundirse el Euríbor en negativo hace ahora justo dos años seguro que a alguna entidad le dieron ganas de rescatarla, pero los clientes toleramos mal las comisiones, como es lógico, y no se ha recurrido tanto a ella.

Sí que está muy presente en los préstamos a tipo fijo, muy populares desde hace un par de años, pero que resultan más caros, entre otras cosas porque incluyen esta pulla que normalmente supone el 1% de lo que te prestan, en ocasiones con un mínimo de 500 € y que en un préstamo de 200.000 € son 2.000 €.

Casi nada, ¿verdad? Por eso hay que tener cuidado al elegir la hipoteca, para que no nos cuelen abusos por todas partes. De hecho se calcula que el 90% de las hipotecas españolas cuenta con alguna cláusula abusiva. ¿Has mirado bien la tuya? Casi seguro que tienes algo que reclamar.

IRPH: nuevas sentencias que esperanzan y resucitan la lucha

La revolución acaba de empezar y va rapidito

Aunque el Tribunal Supremo lanzó un jarro de agua fría a los hipotecados con IRPH hace un par de meses, se van abriendo puertas a la esperanza que dejan ver que no todo está perdido todavía en esta lucha.

Mientras que la sentencia del Supremo daba por muerta la guerra contra el IRPH al decir que no era nulo ni abusivo porque no había falta de transparencia al incluirlo en la hipoteca, las noticias actuales reabren la contienda y dan pie a seguir luchando como si esta sentencia sólo hubiera sido una batalla perdida y no toda la guerra.

Por un lado, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) ha presentado una nueva demanda colectiva, en representación de unos 75 afectados por la Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI), filial del Banco Santander. Esta reclamación se suma a las demandas colectivas que ya presentó para reclamar los derechos de 750 afectados de Caixabank, 500 de BBVA y 60 de Bankia.

Asufin no se rinde y está preparando otras dos demandas colectivas que presentará próximamente: una contra el Sabadell y otra contra Kutxabank. Aunque sólo son una pequeña parte de los afectados, que se calculan en 1,3 millones en España, las demandas colectivas son importantes porque, cuando se ganan, sientan un mayor precedente que los casos individuales. Es lo que se llama jurisprudencia y sirve para que se tengan en cuenta en futuros juicios y así se puedan emitir sentencias en la misma línea.

Esta nueva demanda contra UCI, entre otras cosas, pide al juez que envíe una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), o sea que le pregunte si el IRPH es nulo y abusivo en casos de falta de transparencia. Aunque esta pregunta ya la ha hecho también recientemente un juez de Barcelona, no estará de más que se repita.

Y es que el TJUE lleva años como la última y casi única esperanza de que en España se le den los varapalos necesarios a los abusos bancarios, ya que de momento el Tribunal Supremo no ha demostrado el valor suficiente para sancionar estos comportamientos como es debido, ni los políticos tienen el valor de vetarlos con las leyes adecuadas.

El único a quien parece que por ahora habría que hacer un monumento es Francisco Javier Orduña Moreno, un magistrado valenciano del Supremo que votó contra la cláusula suelo y el IRPH, rompiendo la unanimidad y dando pie a que el tribunal europeo encuentre un resquicio para apoyar las reclamaciones de los clientes.

Además, el IRPH va contra la norma europea porque no refleja la realidad del mercado. Siempre ha estado por encima del Euríbor y en cifras muy elevadas, que además la banca puede manipular porque es quien da los datos para elaborarlo y se puede permitir omitir algunos para alterar el resultado.

Parece que algo se mueve en el IRPH porque desde que empezó el año ya hay cinco jueces que se han pasado por el forro la opinión del Supremo, dictando sentencias diferentes y todas contra este índice.

La de Amurrio (Álava) contra Caja Rural de Navarra ha dejado el préstamo sin tipo de interés a partir de hora, mientras que la de Gerona ha dispuesto que el índice a aplicar sea el último IRPH Cajas, obligando a Caixabank a devolver el dinero cobrado de más durante este tiempo que aplicó un tipo fijo a sus clientes en sustición de los IRPH desaparecidos. Asufin no está del todo contento porque esta última sentencia no invalida el IRPH Entidades, pero dice que seguirá luchando.

En Alicante, Granollers (Barcelona) y Sagunto (Valencia) también se han dictado sentencias contra el IRPH que confirman que la revolución ha empezado. Como ya pasó con la cláusula suelo, el Tribunal Supremo dictó una cosa y después otros jueces empezaron a dictar sentencias contrarias.

Ahora habrá que esperar a que, dentro de mucho tiempo porque esto es lento y largo, el TJUE se pronuncie contra el IRPH y diga que no todo el mundo tenía capacidad de valorar los riesgos, ni de entender cómo funcionaba, y que todos los bancos no aconsejaron ni explicaron bien su funcionamiento ni qué pasaría si desaparecía, como ocurrió en noviembre de 2013, cuando este pifostio se empezó a enredar oficialmente.