La semana pasada el Tribunal Supremo remató, por fin, lo que había empezado el 22 de noviembre sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).
El Alto Tribunal sentencia que no le parece nulo porque no le ve problema de transparencia, ha explicado en este largo comunicado que se resume en lo siguiente.
Parece que, tras la cláusula suelo, primer abuso bancario condenado por el Tribunal Supremo en 2013, a todo lo demás también se le mira si es o no transparente, como si fuera lo único determinante para anularlo o no.
Aunque hay dos magistrados que no están de acuerdo, el resto piensa que no se puede anular porque es un índice general al que se referencian las hipotecas, como el Euríbor, el Líbor o el Míbor.
Viéndolo así dicen que, por una parte, no se puede decir que sea opaco ni abusivo porque es una condición general de la contratación de la hipoteca. ¿Y qué? La multidivisa también lo era… ¡¡Y el suelo!! Y han resultado anulados. Por otra parte, comentan que al ser el índice de la hipoteca y, por tanto, marcar el precio de la misma, los clientes seguro que están enterados por sí mismos de que existe y de cómo funciona.
El cliente debe saberlo, pero es que el quid de la cuestión no es sólo ése, sino que al desaparecer casi todos los IRPH, el índice sustituto es el IRPH Entidades, el único que ha quedado en pie, y que resulta unos 2.000 € más caro al año que el Euríbor.
Ante esto el Tribunal Supremo se lava las manos y viene a decir que… ¡Mala suerte, oye! Ahhh, ¡se sienteee…! Haber elegido muerte. Se escuda en que, aunque está más alto que el Euríbor, quién sabe qué pasará en el futuro, que aún no se ha amortizado ni un tercio de la hipoteca.
Vamos, hombre… Que el IRPH siempre ha estado muy por encima. Cerró noviembre en el 1,910% mientras que el Euríbor lo hizo en el -0,189%. Es fácil prever que en el futuro también seguirá más alto. Incluso en julio de 2008, cuando el Euríbor marcó su máximo histórico en el 5,393%, el IRPH cerró en el 6,006%. ¡¡Más alto!!
¿Es que estos magistrados del Supremo no lo quieren ver o qué? Está claro que el IRPH siempre ha sido más alto y siempre lo será. Para empezar porque es la media del tipo de interés al que los bancos prestan dinero a sus clientes para las hipotecas, que siempre es más que el se cobran por prestarse entre sí, cifras con la que se calcula el Euríbor.
Pero no contentos con eso, la sentencia argumenta que no pasa nada en que el IRPH sea más alto, que por eso se ha comercializado con diferenciales más bajos que el Euríbor. Para compensar. Mira, me imagino que si estás leyendo esto y tienes IRPH, se te debe de estar poniendo un mal cuerpo y una mala leche… Normal.
No quiere entrar en si el IRPH es manipulable o no, que lo es, precisamente porque es la media del precio de las nuevas hipotecas que se firman. Quizá porque el Euríbor también lo es, al margen de las manipulaciones ya demostradas y multadas, y eso abriría otro agujero de miles de millones a devolver al 90% de los clientes. Como lleva casi dos años bajo cero nadie dice nada de eso, por ahora. Del IRPH sólo dice que su control depende de la Administración y que ellos no lo pueden juzgar, otra lavadita de manos al canto.
También comenta que no se puede anular sólo porque haya pasado unos años alto, que es como querer anular las hipotecas con Euríbor porque haya estado unos años por las nubes. Bueno, hay parte de verdad y bastante de demagogia. Como, en mi opinión, en casi toda la sentencia. Ahora tocaba darle un respiro a la banca y les ha tocado pagar a los del IRPH, que son más numerosos y con un caso quizá menos evidente que el de las hipotecas multidivisa, que aún está muy fresco.